CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE EMPRESAS DE ELEVADORES Y ESCALERAS ELÉCTRICAS, A.C.
PLANTEAMIENTO
La ASOCIACION MEXICANA DE EMPRESAS DE ELEVADORES Y ESCALERAS ELECTRICAS (AME3) convoca a que de manera voluntaria las empresas que la conforman dirijan su actividades en base a las normas que regularan la conducta de los asociados, en el entendido de que la labor de este código será el contribuir al crecimiento y fortalecimiento del bien colectivo con el más alto sentido de responsabilidad social y siempre con apego al marco legal vigente.
El compromiso personal de cada miembro de cumplir y promover estos principios es la forma más eficaz para mantener los más altos estándares de conducta empresarial promoviendo entre nuestros asociados ante todo una sana interacción y competencia. Impulsando los valores que contribuyan a la cohesión y desarrollo de las empresas, de sus trabajadores, empleados y de la sociedad en su conjunto.
En consecuencia, las empresas integradas a AME3 se apegaran a los siguientes:
PRINCIPIOS BASICOS
1. LEGALIDAD.
¤ Apego a las Leyes jurídicas vigentes (Ley de Competencia, Leyes del ámbito Fiscal, laboral, ambiental, de adquisiciones, etc.) y a las normas que de este Código emanen (Seguridad del producto, reglamento sobre seguridad en el trabajo, etc.), absteniéndose de participar en acciones que promuevan las prácticas ilegales ó inmorales.
2. HONESTIDAD y ÉTICA DE NEGOCIO.
¤ Las empresas agrupadas en AME3 realizarán sus comunicaciones con integridad y respeto, tanto hacia los demás asociados, como a los clientes y proveedores, utilizando siempre información verídica y confiable que contribuya a un desarrollo empresarial sano y a decisiones adecuadas.
3. RESPETO Y SANA COMPETENCIA.
¤ Las comunicaciones y servicios realizados por las empresas asociadas, deberán buscar el respeto a la sana competencia
¤ Se deberá evitar denigrar directa o implícitamente a las empresas, personal de las empresas o a los productos, servicios o conceptos de un competidor así como el copiar sus ideas, ya que esto representa una falta al profesionalismo y conduce también a un debilitamiento de la confianza.
¤ En caso de existir puntos de comparación, estos se basaran en hechos fehacientes y comprobables y no deben ser seleccionados de manera injusta o parcial y en general deben evitar que la comparación pueda conducir al engaño, a modo de evitar en todo momento la generación de conflictos de intereses perjudiciales para las empresas y para esta asociación.
¤ La comercialización de productos y/o servicios se hará con base en el cumplimiento de las leyes antimonopolios, competencia y las demás relacionadas, decretadas en el país.
¤ La recopilación de la información competitiva se hará de manera legítima sin recurrir a declaraciones falsas, insinuaciones o manifestaciones que induzcan al error.
4. ANTICORRUPCION
¤ Existirá el compromiso de evitar toda práctica monopólica, tendiente a ser una ventaja indebida que se traduzca en algún perjuicio.
¤ Respetar la legislación relacionada, como el no ofrecer, dar o aceptar algún tipo de dádiva, bono, regalo, comisión o cualquier beneficio tangible a persona o entidad con el propósito de obtener algún tipo de beneficio del negocio en contra de cualquier competencia y en aras de perjudicar la imagen de moralidad, honestidad, profesionalismo y seriedad de los demás miembro de la AME3.
5. PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL
¤ Se promoverá el cumplimiento de los derechos de Propiedad industrial y/o intelectual de los titulares de los derechos correspondientes, asegurándose que sean observadas todas las estipulaciones contenidas al respecto.
¤ Lo previsto anteriormente implica igualmente respeto que se deberá observar en relación a cualquier producto, equipo, dispositivo, servicio, tecnología, asistencia técnica, Know-how, información de mercado, estrategias de venta, listas de precios, campañas publicitarias, etc, cuyo acceso, divulgación y utilización se encuentren restringidos por patentes, marcas, secretos industriales, derechos de autor o cualquier privilegio de acuerdo a la legislación de la materia.
6. MANEJO DE INFORMACION CONFIDENCIAL
¤ Todo asociado tiene la obligación de no revelar, divulgar o aprovecharse indebidamente de la información confidencial, así como los hechos, datos, circunstancias o proyectos de que tenga conocimiento en el ejercicio de su actividad y provengan de sus proveedores, competidores u otras fuentes cuya divulgación no hubiere sido autorizada, salvo que los propios titulares otorguen expresamente su consentimiento o cuando dicha información sea del dominio público.
¤ Ningún asociado deberá emplear formas inapropiadas para adquirir o utilizar secretos comerciales de los competidores, prestadores de servicios u otro tipo de información confidencial.
7. ETICA EN LA RELACION COMERCIAL
¤ La información proporcionada a terceros con los que se este en posibilidad de tener o se tenga de antemano una relación comercial, deberá ser precisa y oportuna para que esta pueda ser valorada en cuanto a las consecuencias de una decisión de tipo comercial.
8. CALIDAD Y SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS Y/O SERVICIOS
¤ Todo asociado acepta el compromiso de proporcionar los productos y/o servicios y garantías de manera eficaz, honesta, leal, y en cumplimiento de las disposiciones legales, con el fin de dignificar a la industria y a sus asociados.
9. SEGURIDAD E INTEGRIDAD DE LOS EMPLEADOS
¤ Todos los asociados se comprometen a respetar el personal a su cargo y al personal de otros asociados, como seres humanos sin distinción de ningún tipo y promoviendo la superación y mejora continua de su personal, mediante cursos de capacitación o actualización empresarial.
¤ Se mantendrá el compromiso y el esfuerzo para crear un ambiente de trabajo que promueva el bienestar y la productividad de los empleados, proporcionando un lugar de trabajo que cumpla con la legislación y disposiciones que estipulen salubridad y seguridad.
¤ Se promoverá entre los empleados una cultura de responsabilidad ambiental, en sus respectivos lugares de trabajo, estableciendo el compromiso de cumplir con las leyes y disposiciones ambientales aplicables al mejor control ambiental y manejo de residuos, con el fin de salvaguardar la salud del ambiente y de los mismos empleados.
¤ Cada empresa se preocupará por asumir la responsabilidad de cualquier acto, trabajo, consejo o servicio proporcionado por su personal.
10. PARTICIPACION DE LOS ASOCIADOS
¤ Todo asociado debe hacer todo lo posible por participar en las actividades, comités de trabajo, eventos promovidos por la asociación y cualquier otra actividad que sea organizada por la misma, buscando en todo momento el mejoramiento del sector productivo y de los demás asociados.
11. CUMPLIMIENTO DEL CODIGO
¤ Todos los asociados tendrán la responsabilidad de dar cumplimiento en el desempeño de sus actividades a todas las disposiciones legales aplicables a la materia.
¤ Todos los asociados reportaran toda violación real o potencial a este código y existirá cooperación con las autoridades en cualquier tipo de investigación justificable en posibles violaciones a leyes o disposiciones relevantes, que afecten el funcionamiento de las empresas asociadas y en su caso, de terceros afectados.
¤ La aceptación de nuevas empresas como integrantes de AME3, bajo la aceptación del Consejo Directivo, estará sujeta al compromiso de cumplir con el presente Código de Ética.
¤ Todos los asociados deberán realizar la difusión del presente Código de Ética, entre los empleados y funcionarios de sus respectivas empresas.
¤ Para cualquier duda sobre la aplicabilidad, controversia o interpretación de este código de conducta debe dirigirse como un cuestionamiento formal al Consejo de Directivo de esta asociación.
El Consejo Directivo, será el encargado de promover una cultura ética, de aplicar las disposiciones del presente Código, con relación a la conducta de los Socios, así como de recibir quejas, resolver controversia, divulgar resultados y en su caso, imponer las sanciones y medidas correctivas que procedan.